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¿Cómo votar en las elecciones españolas desde Londres?

Ciudadanía, Londres

¿Cómo votar en las elecciones españolas desde Londres?

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Votar en las elecciones generales, autonómicas o al Parlamento Europeo para los residentes españoles desde Reino Unido, no es tan difícil como se cree. Pero se deben seguir diferentes procedimientos dependiendo de su situación en el país: residente o no residente.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General -LOREG- establece que los plazos para solicitar el voto por correo comprenden desde la fecha de la convocatoria de las elecciones hasta diez días antes de la votación.

RESIDENTE (CERA)

Para poder participar en cualquiera de las elecciones españolas desde Londres como residente es necesario estar inscritos en el Consulado en el Censo Electoral de Residentes-Ausentes (CERA).

El siguiente paso será el de solicitar el voto completando una solicitud que está disponible de forma online en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación o Ministerio del Interior o solicitándola en la Oficina del Censo Electoral.
Una vez que se cuenta con toda la documentación, hay que enviarla por correo a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, junto con una fotocopia del DNI. También se puede realizar el envío de manera telemática desde la Sede electrónica del INE, acreditando la identidad mediante un certificado electrónico.

Una vez recibamos la documentación electoral, se puede votar de dos formas:

  • Por correo certificado a la Embajada de España en Londres.
  • Depositando el voto personalmente en la embajada, junto con el DNI.

NO RESIDENTE O TEMPORAL (CER)

Para votar en las elecciones españolas siendo no residente o residente temporal en Londres es necesario solicitarlo a la Embajada o Consulado, mediante el impreso oficial. Una vez lo hemos rellenado, se presenta físicamente junto con el DNI o pasaporte. Para ello, es necesario estar inscrito en el Registro de Matricula Consular como no residente.

Una vez recibamos la documentación electoral, se puede votar de la siguiente forma:

  • Votar por correo certificado a la la mesa Elector en España.
  • En este caso no es posible depositarlo en la Embajada o Consulado.